
Normativa por rubro · Pesca y acuicultura
Normativa laboral para pesca y acuicultura: trabajo embarcado, descansos y plantas de proceso
Quien trabaja a bordo con contrato de embarco es gente de mar y se rige por un capítulo especial del Código del Trabajo (artículos 96 y siguientes). Los tripulantes de naves pesqueras tienen además reglas propias de descanso en el artículo 23, y no se les aplica la jornada de 56 horas de la Marina Mercante. En tierra, las plantas de proceso operan con turnos que muchas veces requieren un sistema excepcional autorizado por la Dirección del Trabajo.
12normasCon su artículo y fuente oficial. Verificado el 10 de octubre de 2026.
Contrato · 2
Art. 96Fuente oficial · DT
Art. 96Fuente oficial · DT
Jornada · 4
Art. 22Fuente oficial · DT
Art. 38Fuente oficial · DT
Art. 106Fuente oficial · DT
Arts. 30 a 32Fuente oficial · DT
Descansos · 4
Remuneraciones · 1
Feriado · 1
Art. 67Fuente oficial · DT
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