La Ley 21.830, publicada el 22 de junio de 2026, fijó el ingreso mínimo mensual en $553.553 para trabajadores de entre 18 y 65 años, con efecto desde el 1 de mayo de 2026. Como la ley salió después de esa fecha, la nómina de mayo (y la de junio, si se cerró antes del 22) se pagó con el monto anterior ($539.000), y hubo que pagar la diferencia. Pero el impacto más grande no está en los sueldos mínimos.
3 fuentes oficiales enlazadas · Verificado el 7 de octubre de 2026Ver fuentes
Los montos vigentes
- Trabajadores de 18 a 65 años: $553.553.
- Menores de 18 y mayores de 65: $412.938.
- Para fines no remuneracionales: $356.815.
Lo que más mueve la planilla: el tope de la gratificación
La gratificación del artículo 50 del Código del Trabajo es el 25% de lo devengado, con un tope de 4,75 ingresos mínimos al año. Con el nuevo mínimo, el tope anual pasa a $2.629.377 y el mensual a $219.115. Antes era de $213.354.
Todo trabajador cuya gratificación está topada —en la práctica, cualquiera con una remuneración mensual sobre unos $876.500— recibe $5.761 más al mes, aunque su sueldo no haya cambiado. En una empresa de 200 personas con gratificación topada, son más de $1,1 millones adicionales al mes, más las cotizaciones del empleador sobre ese monto.
El reajuste del ingreso mínimo es, en la mayoría de las empresas, un reajuste de la gratificación de toda la planilla.
Qué recalcular
- Sueldos bajo el nuevo mínimo, en jornada completa, y el proporcional en jornadas parciales.
- El tope de la gratificación en el sistema, si está cargado como monto fijo y no como fórmula atada al ingreso mínimo.
- Remuneraciones variables: en trabajadores con comisiones o tratos, la remuneración total del mes no puede quedar bajo el mínimo.
- Asignación familiar: la misma Ley 21.830 reajustó sus tramos desde el 1 de mayo de 2026: $22.601 por carga hasta $649.039 de ingreso, $13.870 hasta $947.990 y $4.382 hasta $1.478.539.
- La diferencia retroactiva de los meses pagados con el monto anterior: $14.553 por mes en jornada completa, más la diferencia de gratificación. Se paga con su liquidación, se declaran las cotizaciones de la diferencia en Previred y se refleja en el Libro de Remuneraciones Electrónico.
El próximo reajuste
La ley contempla un nuevo reajuste desde el 1 de enero de 2027, según la variación del IPC entre mayo y diciembre de 2026. Si el tope de la gratificación y el mínimo están configurados como fórmulas, el próximo cambio se resuelve actualizando un solo valor.
En resumen
El ingreso mínimo es de $553.553 desde mayo de 2026 y con él la gratificación topada subió a $219.115 mensuales. Revisa los sueldos bajo el mínimo, el tope de gratificación y la diferencia retroactiva, y verifica que todo quede cuadrado en Previred y en el Libro de Remuneraciones Electrónico. Para ver el efecto en el costo de un sueldo, usa la calculadora de sueldo líquido y costo empresa.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el ingreso mínimo en 2026?
$553.553 para trabajadores de 18 a 65 años, desde el 1 de mayo de 2026 (Ley 21.830).
¿Cuál es el tope mensual de la gratificación en 2026?
$219.115: 4,75 ingresos mínimos al año, divididos en 12 meses.
¿Hay que pagar mayo y junio con el nuevo ingreso mínimo?
Sí. El reajuste es retroactivo desde el 1 de mayo: si pagaste con el monto anterior, corresponden $14.553 por mes en jornada completa, más la diferencia de gratificación.
Fuentes y verificación
- Diario Oficial, Ley 21.830
- Dirección del Trabajo, Ley 21.830
- Dirección del Trabajo, valor del ingreso mínimo
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