La Ley 21.561 reduce la jornada ordinaria máxima de 45 a 40 horas semanales en tres etapas. La segunda empezó el 26 de abril de 2026: hoy el máximo es de 42 horas. Para la nómina, la reducción tiene una regla simple y un efecto que no siempre se ve: el sueldo no baja, pero cada hora de trabajo vale más.
5 fuentes oficiales enlazadas · Verificado el 7 de octubre de 2026Ver fuentes
El calendario
- 26 de abril de 2024: 44 horas.
- 26 de abril de 2026: 42 horas (etapa vigente).
- 26 de abril de 2028: 40 horas.
El sueldo no se puede rebajar
La ley prohíbe expresamente que la reducción de jornada signifique una disminución de las remuneraciones. Un trabajador que ganaba $900.000 por 44 horas gana $900.000 por 42. No hay nada que recalcular en el sueldo base, pero sí en todo lo que se calcula por hora.
La hora extra sube
El valor de la hora extra se obtiene dividiendo el sueldo por las horas de la jornada y recargándolo en 50%. En la práctica se usa un factor que se multiplica por el sueldo mensual, y ese factor cambia con cada etapa de la ley:
- 45 horas: 0,0077778 → con un sueldo de $900.000, la hora extra vale $7.000.
- 44 horas: 0,0079545 → $7.159.
- 42 horas: 0,0083333 → $7.500.
- 40 horas (desde 2028): 0,0087500 → $7.875.
Desde la jornada de 45 horas hasta la de 40, la hora extra sube 12,5% sin que nadie haya negociado un peso. En áreas con mucho sobretiempo, ese es el costo real de la ley.
Si tu sistema calcula las horas extra con un factor fijo cargado a mano, revisa que se haya actualizado en el cierre de abril de 2026. Es un error silencioso: la liquidación cuadra, pero paga de menos. El detalle del cálculo, con la fórmula de la DT y la tabla por jornada, está en factor de hora extra con jornada de 42 horas.
Contratos que conviene revisar
- Jornadas parciales. Desde la Ley 21.561, el artículo 40 bis define la jornada parcial como la que no supera 30 horas semanales; ya no son dos tercios de la jornada ordinaria. Ese límite no cambia con las 42 horas, pero sí cambia la proporción frente a la jornada completa: revisa cómo calculas los beneficios proporcionales de tus contratos part-time.
- Trabajadores excluidos de jornada (artículo 22). En abril de 2026, la DT (Ord. N°252/20) reconsideró su doctrina de 2024 y fijó que la exclusión del inciso segundo se analiza caso a caso: importa la naturaleza real de las funciones, la autonomía y la ausencia de supervisión superior inmediata, no el cargo. Revisa que cada excluido cumpla ese estándar; si no lo cumple, queda sujeto a jornada y, con ella, a horas extra.
- Distribución de la jornada. La rebaja se acuerda con los trabajadores o el sindicato. Si no hay acuerdo, se aplica la regla supletoria de la ley, que la DT explicó en el Ord. N°253/21: con jornada de 5 días, una hora menos al final de la jornada en dos días distintos; con 6 días, 50 minutos en dos días y 20 minutos en un tercero.
Lo que no cambia
Los haberes que no dependen de las horas, como la gratificación, la asignación de colación o los bonos fijos, no cambian por la reducción de jornada. La semana corrida sigue calculándose sobre las remuneraciones variables diarias, como antes.
En resumen
Con 42 horas el sueldo se mantiene, el factor de hora extra pasa a 0,0083333 y la jornada parcial sigue siendo de hasta 30 horas semanales. La próxima etapa, en abril de 2028, vuelve a subir el valor hora. Conviene revisar el factor en el sistema y los contratos part-time y excluidos antes de esa fecha. Para ver el impacto completo en el costo de cada trabajador, revisa cómo calcular el costo empresa.
Preguntas frecuentes
¿Se puede rebajar el sueldo por la reducción de jornada?
No. La Ley 21.561 prohíbe expresamente que la reducción de jornada disminuya las remuneraciones.
¿Cuánto vale la hora extra con jornada de 42 horas?
El sueldo mensual multiplicado por 0,0083333. Con un sueldo de $900.000, la hora extra vale $7.500. El detalle está en factor de hora extra con jornada de 42 horas.
¿Cuándo baja la jornada a 40 horas?
El 26 de abril de 2028.
Fuentes y verificación
- Ministerio del Trabajo, Ley 40 horas
- Dirección del Trabajo, Ord. N°253/21 (rebaja a 42 horas)
- Dirección del Trabajo, Ord. N°252/20 (exclusión de jornada)
- Dirección del Trabajo, jornada parcial en la Ley de 40 horas
- Biblioteca del Congreso, Ley 21.561
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