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Remuneraciones · Normativa

Sala Cuna Universal: en qué está el proyecto y qué significaría para los empleadores

Elimina el umbral de 20 trabajadoras y extiende el beneficio a los padres, pero el financiamiento quedó sin definir. En qué está el proyecto y qué hacer mientras tanto.

Por Equipo Burani5 min de lecturaVerificado el

Hoy, el artículo 203 del Código del Trabajo obliga a dar sala cuna solo a las empresas con 20 o más trabajadoras. El proyecto de Sala Cuna Universal (Boletín 14.782-13) busca cambiar esa regla, que encarece la contratación de mujeres. El 8 de septiembre de 2026 el Senado lo despachó a segundo trámite en la Cámara de Diputados, pero con una pieza clave sin resolver: quién lo paga.

4 fuentes oficiales enlazadas · Verificado el 7 de octubre de 2026Ver fuentes

Qué aprobó el Senado

  • Fin del umbral de 20 trabajadoras: el beneficio alcanzaría a empresas de cualquier tamaño.
  • Trabajadores y trabajadoras, dependientes e independientes: el derecho deja de depender de que quien trabaja sea la madre.
  • Los niños y niñas menores de dos años como titulares del derecho.

Lo que quedó abierto: el financiamiento

Según lo informado durante la tramitación, el Gobierno propuso financiar un Fondo de Sala Cuna con parte de la cotización del empleador al seguro de cesantía, sin aumentar el costo de contratar. Esa parte del financiamiento no alcanzó los votos necesarios en el Senado, así que el proyecto llega a la Cámara sin mecanismo de financiamiento definido.

Para el presupuesto de una empresa, la Sala Cuna Universal todavía no es un costo: es una variable abierta que se define en la Cámara.

Qué hacer mientras tanto

  1. Seguir cumpliendo el artículo 203 si tienes 20 o más trabajadoras: la obligación actual sigue vigente.
  2. No presupuestar un costo todavía, pero dejar identificado cuántos trabajadores y trabajadoras tienen hijos menores de dos años: es el dato que vas a necesitar.
  3. Revisar los beneficios pactados de sala cuna, incluidos los bonos compensatorios que la DT acepta solo en casos excepcionales, porque podrían superponerse con el sistema nuevo.

En resumen

La Sala Cuna Universal avanzó en el Senado, eliminaría el umbral de 20 trabajadoras y cubriría a trabajadores y trabajadoras, pero su financiamiento sigue abierto en la Cámara. Por ahora rige el artículo 203. Lo seguiremos actualizando en el calendario de cambios en remuneraciones.

Preguntas frecuentes

¿Ya es ley la Sala Cuna Universal?

No. El 8 de septiembre de 2026 el Senado lo despachó a segundo trámite en la Cámara de Diputados. Mientras no se publique, rige el artículo 203 del Código del Trabajo.

¿Cuánto tendría que pagar el empleador?

Está sin definir. Según lo informado durante la tramitación, el Gobierno propuso financiar un Fondo de Sala Cuna con parte de la cotización del empleador al seguro de cesantía, sin aumentar el costo de contratar. Esa parte del financiamiento no alcanzó los votos necesarios en el Senado, así que se resolverá en la Cámara.

¿Qué empresas deben dar sala cuna hoy?

Las que tienen 20 o más trabajadoras, para los hijos e hijas menores de dos años, según el artículo 203 del Código del Trabajo.

Fuentes y verificación

Verificado el 7 de octubre de 2026. ¿Ves un dato que cambió o no cuadra? Escríbenos y lo corregimos. Cómo verificamos el contenido

Contenido de orientación general; no constituye asesoría legal para un caso particular.

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